Fallo internacional contra Argentina por un caso sin justicia tras la muerte de una niña en Palermo

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Nora Ribaudo y Eduardo Iglesias en una imagen sin datar.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) condenó al Estado argentino por la falta de justicia en el caso de Marcela Brenda Iglesias, una niña de seis años que murió en febrero de 1996 cuando una escultura metálica de gran tamaño cayó sobre ella en los parques de Palermo, en la Ciudad de Buenos Aires. Treinta años después del hecho, el tribunal consideró que el proceso terminó sin una respuesta judicial efectiva y ordenó reparaciones para sus padres.

Según el fallo, Argentina incurrió en responsabilidad por vulnerar derechos vinculados a la vida, la integridad personal, la protección de la niñez y las garantías judiciales, tanto por el episodio como por el resultado posterior de la investigación.

Reparaciones, disculpas públicas y un memorial

La sentencia establece que el Estado deberá realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad y ofrecer disculpas públicas, además de crear un espacio memorial y recreativo en homenaje a Marcela Iglesias. Al tratarse de una decisión de un tribunal internacional cuyas sentencias son obligatorias para el país, las medidas dispuestas tienen carácter vinculante.

El hecho ocurrió durante una salida con una colonia de verano. El colapso de la escultura también provocó lesiones a otras dos niñas. En su análisis, la Corte IDH sostuvo que el Estado incumplió su deber de control y fiscalización respecto de la instalación de la obra en un espacio público sin las condiciones de seguridad adecuadas.

Tras el accidente se abrió una causa penal que avanzó hasta la citación a juicio de particulares y funcionarios. Sin embargo, con el paso del tiempo, la acción penal fue declarada prescripta luego de que se aplicaran criterios normativos sobre los plazos de prescripción. La investigación, además, habría acreditado que la estructura presentaba deterioro y un sistema de sujeción insuficiente para su peso.

En la revisión del trámite judicial, la Corte IDH concluyó que el Estado no actuó con la debida diligencia para impulsar el proceso dentro de un plazo razonable y que la combinación de planteos defensivos y la respuesta de las autoridades judiciales derivó en una falta de tutela efectiva para la familia.

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